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- Escrito por Jenny Zambrano
- Categoría: Principal Imagenes
- Publicado: 26 Octubre 2016
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En favor al restablecimiento del Estado Constitucional de Derecho en Venezuela
En Asamblea general de los profesores de la Universidad Nacional Experimental del Tàchira realizada este martes 25 de octubre, se realizó un Comunicado que dice:
CONSIDERANDO
Que por más de 17 años, Venezuela ha sido víctima del accionar de un régimen gubernamental que ha infringido y violentado de forma sistemática, recurrente e impune el Estado Constitucional de Derecho, lo cual se traduce en esencia en el quebrantamiento de los Derechos Humanos Fundamentales de todos los venezolanos que se encuentran plasmados en el Contrato Social aprobado por el poder constituyente y de obligatorio cumplimiento por los poderes constituidos.
CONSIDERANDO
Que el 2 de diciembre del 2007, el poder popular le dijo “NO” a la reforma constitucional, donde se pretendió cambiar el espíritu y propósito consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, para crear el “Estado Comunal”.
CONSIDERANDO
Que el régimen gubernamental de manera inescrupulosa ha realizado cambios de fondo en el texto y espíritu de nuestra Carta Magna, lo que se traduce en la desobediencia impune de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
CONSIDERANDO
Que el Régimen Gubernamental ha asumido sin mayor escrúpulo funciones del Poder Constituyente, incumpliendo la máxima: “para que exista Estado de Derecho es necesario que el gobierno y los gobernados estén sometidos al derecho que nace del imperio de la Constitución, de su supremacía y su vigencia”. Recalcando que es el pueblo el Poder Constituyente, poseedor constitucional de la soberanía y máximo responsable del futuro de nuestra nación (art. 5 constitucional).
CONSIDERANDO
Que el Referéndum Revocatorio, consagrado en el artículo 72 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, tiene un sentido amplio que sirve para recuperar la institucionalidad, la reconstrucción y la reconciliación en Venezuela. Por tanto, resulta inaceptable cualquier argumento que justifique la decisión inconstitucional de paralizar o suspender la etapa de recopilar el 20% de firmas.
CONSIDERANDO
Que el pasado 23 de octubre del año en curso, la Asamblea Nacional acordó las acciones para la restitución del orden constitucional y, por ende, el restablecimiento de la institucionalidad que garantice el fiel cumplimiento de los derechos consagrados en nuestra Carta Magna.
CONSIDERANDO
Que es determinante para el Poder Constituyente comprender e internalizar que las acciones deliberadas por parte del Régimen Gubernamental en contra de la Carta Magna, mediante la violación de los derechos económicos, sociales, ambientales y de los pueblos indígenas y culturales y educativos, han provocado la crisis humanitaria que padecemos los venezolanos.
CONSIDERANDO
Que la recurrencia del presupuesto deficitario seguirá agravándose debido a decisiones y actuaciones inconstitucionales de desconocer a la Asamblea Nacional para su consideración y aprobación. Para el caso de las Universidades, es cada vez menor el porcentaje para gastos de funcionamiento, que aparte de ser insuficientes, los asigna el gobierno a “cuenta gotas” y con retardos significativos que afectan la operatividad y excelencia de la Academia. Mientras que aproximadamente el 80% relacionado con la estructura salarial y los beneficios laborales, ni en lo mínimo se ajustan con los decretos presidenciales; además, que se desconoce de manera impune y arbitraria losacuerdos normativos que rigen la materia laboral.
CONSIDERANDO
Que de manera recurrente el Ejecutivo Nacional ha desconocido la voluntad de los universitarios para elegir a sus autoridades o representantes; violentado la institución de los “derechos adquiridos” de todo el sector laboral, en particular del personal docente activo y jubilado; abandonado premeditadamente la infraestructura universitaria; institucionalizado el atropello, la persecución y la criminalización de la protesta cívica y pacifica; e inducido el movimiento migratorio y la fuga de talentos, lo cual se traduce en la descapitalización intelectual y laboral de nuestras universidades.
CONSIDERANDO
Que el gobierno descuida obligaciones propias cónsonas con el Derecho a la Salud de los trabajadores, no obstante, le otorga prioridad o le asigna recursos a empresas de estructuras monopólicas que operan de aseguradoras en el sector salud. Vulnera derechos adquiridos del Personal Jubilado así como el del Sector Estudiantil. En resumen, la situación de QUIEBRA ECONOMICA Y DESCAPITALIZACION PATRIMONIAL que padecemos los venezolanos en general y universitarios en particular a causa de la implementación de un modelo de Régimen Gubernamental inconstitucional, insensato y falto de sentido de común.
CONSIDERANDO
Que es deber constitucional de todos los ciudadanos venezolanos, de conformidad con los artículos 131, 132 y, en especial, el 326 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, cumplir, acatar y participar en la vida política de la Nación. En consecuencia, es imperante la activación ciudadana en la aplicación del artículo 333 de la mencionada Constitución para restituir la constitucionalidad y restablecer la institucionalidad.
ACUERDA
Apoyar de manera irrestricta todo el conjunto de acciones cívicas y pacíficas, enmarcadas ellas dentro del Estado Constitucional de Derecho, que puedan ser formuladas y acordadas por los representantes legítimos de las Instituciones Venezolanas, que permitan el restablecimiento del “Hilo Constitucional” o fortalecimiento del Estado Constitucional de Derecho.
ACUERDA
Exigir de inmediato el reinicio del proceso de revocación de mandato del Presidente de la República, en el año 2016, deacuerdo a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y demás leyes vigentes.
ACUERDA
Promover desde lo interno de las Universidades y sus diferentes Instancias Institucionales, la legitimación de todos los poderes públicos, a través de algún mecanismo constitucional tal el caso del Proceso Constituyente.
ACUERDA
Exigir a los genuinos y legítimos representantes de las diferentes fuerzas políticas e instituciones del país, que más allá del diálogo sincero y la concertación necesaria, dejen a un lado la conflictividad estéril, burda e irracionalidad, y sin perder más tiempo propiciar las condiciones para que el gobierno, universidades, empresariado y representantes de la sociedad, unifiquen criterios y coordinen acciones que permitan de manera decidida satisfacer las necesidades y resolver los problemas de todos los venezolanos y, por tanto, reiniciar el rumbo hacia el verdadero bienestar.
ACUERDA
Exhortar a la Máxima Autoridad de la Universidad que no permita bajo ningún condicionante de agentes externos o internos a la UNET, la violación o desconocimiento de Derechos Humanos Fundamentales o Garantías Constitucionales de toda la comunidad universitaria.
ACUERDA
Solicitar a la Junta Directiva de la Federación de Asociación de Profesores de Venezuela (FAPUV), que cumpla cabal y continuamente todos losacuerdos y resoluciones aprobadas en sus diferentes instancias: Consejo Superior, Comité Ejecutivo y Junta Directiva.
ACUERDA
Presentar por parte de la APUNET un plan con visión nacional, concatenado en una estrategia envolvente que procure construir un frente amplio cuyo propósito sea la restitución del hilo constitucional.
ACUERDA
Dar publicidad al presenteacuerdo.
Dado, firmado y sellado en el teatro de la Universidad Nacional Experimental del Táchira, en San Cristóbal, a los veinticinco días del mes de octubre de dos mil dieciséis. Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
Fecha, 25-10-2016
Nota: Entre las resoluciones de la Asamblea de Profesores, se acordó que se convocara a todos los agremiados a participar en la marcha de mañana miércoles a favor del restablecimiento del "Hilo Constitucional". La concentración será en la sede de la APUNET; la hora de salida es 9 de la mañana y el destino acordado, es el Obelisco de los Italianos.
Tomar en cuenta, la CLÁUSULA N° 19: PERMISOS (II Convención Colectiva Única). Se conviene en conceder permisos por el tiempo que se determina en los siguientes casos: 1.8. Para asistir a eventos, actividades, asambleas, jornadas de trabajo gremial, sindical, previa convocatoria de las organizaciones sindicales.