Se mantienen suspendidas las actividades académicas, de investigación, extensión, administrativas y del personal obrero    

    

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                                                                                   UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DEL TÁCHIRA
                                                                         VICERRECTORADO ADMINISTRATIVO

                                                                                          CIRCULAR N° 1
Fecha: 26-02-2014


Distinguidos miembros de la Comunidad Universitaria, el Rector Raúl A. Casanova Ostos y el Vicerrector Administrativo Martín A. Paz Pellicani, con base a la Circular emanada el 13 de febrero de 2014 por las autoridades en ejercicio para ese entonces de la Universidad Nacional Experimental del Táchira, en la cual: “Informan a la Comunidad Universitaria que por acuerdo del Equipo de Autoridades, en resguardo de la seguridad de los miembros de esta comunidad y de los bienes de la Institución, han acordado suspender, a partir de la presente fecha, las actividades académicas, de docencia directa de pregrado y postgrado, las actividades de extensión, investigación, salvo las que sean necesarias por su naturaleza, las actividades administrativas y las actividades del personal obrero, reiniciándose las mismas el día lunes 17 de febrero del 2014.

Permanecerá en actividades el personal de vigilancia de la institución”. Por otra parte, de acuerdo a lo establecido en la Resolución del Consejo Universitario Sesión N° 007/2014 de fecha 16-02-2014, en la cual se acuerda “Mantener suspendidas las actividades académicas, administrativas, de extensión, investigación y post grado hasta nuevo aviso” y, según el encabezamiento del Artículo 6 del DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE REFORMA PARCIAL DE LA LEY DE ALIMENTACIÓN PARA LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS, que expresa:
“En caso que la jornada de trabajo no sea cumplida por el trabajador o trabajadora por causas imputables a la voluntad del patrono o patrona, o por una situación de riesgo (…) impidiéndole cumplir con la prestación de servicio (….) no serán motivo para la suspensión del otorgamiento del beneficio de alimentación”

SE AUTORIZA EL PAGO DEL BONO DE ALIMENTACIÓN DEL MES DE FEBRERO DE 2014, AL PERSONAL ACADEMICO, ADMINISTRATIVO Y OBRERO EN CONDICIÓN DE ACTIVO.

Igualmente se autoriza adelantar el pago al personal obrero de la segunda quincena del mes de febrero para el día de hoy jueves 27/02/2014
Respecto al pago del Fideicomiso, Pensión de Sobrevivientes, Personal Administrativo y Obrero contratado correspondiente al mes de febrero, se informa que se está tramitando el respectivo pago.

De ustedes, atentamente,

              RAUL A. CASANOVA OSTOS                                                                      MARTIN A. PAZ PELLICANI
                         RECTOR                                                                                      VICERRECTOR ADMINISTRATIVO